
En medio de los renovados anuncios del gobierno respecto del envío al Congreso de pliegos de jueces para cubrir cientos de cargos vacantes, la Corte Suprema de Justicia emitió este miércoles una fuerte Acordada en la que dispone profundos cambios en el proceso de selección de candidatos que lleva adelante el Consejo de la Magistratura. Con la intención manifiesta de “reducir los potenciales ámbitos de discrecionalidad” y «garantizar que el mérito y la idoneidad sean el vector determinante de la selección de magistrados», el nuevo reglamento hace prevalecer “el rendimiento académico de excelencia y el mérito real” por sobre el tránsito burocrático y administrativo de los candidatos en oficinas judiciales, introduce “reglas más claras y previsibles” para la entrevista personal -la instancia más cuestionada de los procesos actuales- y establece dos tipos de concursos para cubrir vacantes o anticiparse a que existan.
Con la firma de los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó un “Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados” que será remitido al Consejo de la Magistratura, para que sea puesto a consideración del Plenario que preside el otro miembro -y titular- del máximo tribunal, Horacio Rosatti, quien no firmó la Acordada con el nuevo reglamento.
En lo que podría leerse como un sutil mensaje al organismo constitucional que organiza los concursos y selecciona a los candidatos a jueces nacionales y federales, la Acordada de este miércoles recuerda que la Corte es la “cabeza de este poder del Estado y órgano supremo de la organización judicial argentina”. Es decir, que el Consejo debe someterse a su primacía.
El nuevo reglamento busca reorganizar la estructura de los concursos para las ternas de magistrados, “impulsando las reformas reglamentarias necesarias para corregir disfuncionalidades sistémicas”.
Las mejoras introducidas, según la Corte, se encuentran “orientadas a garantizar que el mérito y la idoneidad sean el vector determinante de la selección de magistrados” y “reducir aún más potenciales ámbitos de discrecionalidad”. Aunque el texto guarda las formas, el mensaje es lo suficientemente claro: las cosas no se están haciendo bien y hay que modificarlas.
Según el nuevo texto, que debería ser aprobado por el Consejo, en la evaluación de antecedentes personales de los candidatos se premiará “el rendimiento académico de excelencia y el mérito real” por sobre el tránsito burocrático. También se pretende garantizar el pleno anonimato en la prueba de oposición; e introducir “reglas más claras y previsibles” para la entrevista personal.
La instancia de la entrevista personal es la más criticada de todo el proceso actual de selección, ya que permite sumar -o no- una importante cantidad de puntos para la evaluación final, que en muchos casos desnaturalizó la lógica de los concursos y alteró el orden de mérito final para integrar ternas de candidatos.
El proyecto de la Corte también prevé la existencia de dos tipos de concursos: el anticipado (como regla) y el especial (como excepción). En los anticipados, solo podrán cubrirse ocho cargos por concurso; mientras que los especiales pueden ser simples (1 cargo) o múltiples (con un tope de 9 cargos). Los anticipados deben preverse en un “Plan Anual de Concursos Anticipados”, aprobado por la Comisión de Selección y el Plenario. Se propone la digitalización del proceso de inscripción -donde se presentan todos los antecedentes- y se brinda una gran importancia a la formación.
Luego, la prueba de oposición escrita se divide en dos etapas: una general, de 120 preguntas sorteadas entre 2.000, y de corrección automatizada; y una especial, dividida en dos partes (razonamiento e interpretación de un caso cerrado; y resolución de un caso práctico con sentencia). Las consignas son elaboradas por un Comité de Examen; y corregidas por un Jurado Evaluador. Se establece un sistema informático que garantiza el anonimato.
Para calificar los antecedentes personales, se disponen diversas pautas objetivas, reduciendo la arbitrariedad. Posteriormente, se elaborará un orden de mérito provisorio, convocando a una entrevista personal a los seis mejores posicionados. Las entrevistas serán públicas, transmitidas por medios audiovisuales y abiertas a la ciudadanía. Además, a esta etapa, se le reduce la cantidad de puntaje a solo 20 puntos.
Finalmente, como ocurre ahora, la Comisión de Selección presenta un dictamen con la terna de candidatos, orden de mérito y puntajes. Allí el Plenario debe citar a audiencia pública a los postulantes y aprobar o desechar el concurso.
